martes, 15 de marzo de 2011

USPLA ACUSA AL SUPERINTENDENTE JEFE DE LA POLICÍA LOCAL DE "CERTIFICAR" TURNOS QUE NO SE EFECTÚAN.

La Unión Sindical de Policía Local de Algeciras (USPLA) emite un comunicado en el que afirma que desde Enero de 2010, varios mandos de las escalas técnica y ejecutiva de la Policía Local de Algeciras están siendo retribuidos por realizar turnos (6x4 y 6x3) que en realidad no efectúan.

En el comunicado USPLA expone que estos mandos desarrollan sus cometidos en turnos 5x2, es decir, trabajan de lunes a viernes, en turnos de mañana (de 08,00 a 15,00 h.) o mañana y tarde , descansando sábados, domingos y festivos, a pesar de lo cual el Superintendente Jefe, Sr. Medina Arteaga, remite “certificaciones” a la Delegación de Personal indicando que los referidos mandos policiales trabajan en turnos de 6x4 y uno de ellos en turno de 6x3, y que además les corresponden los complementos de nocturnidad y turnicidad, cuando ni realizan esos turnos ni trabajan de noche, hechos estos fácilmente demostrables.

Según USPLA, estas “certificaciones” las realiza “al objeto de su repercusión en el Complemento Especifico”, lo que da lugar a un aumento de retribuciones que no les corresponden y que durante el año 2010 han supuesto para las maltrechas arcas municipales un montante de más de 10.000 Euros.

De la misma forma, continúa USPLA, "el Sr. Medina Arteaga remitió, a la Delegación de Protección Ciudadana, durante los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2010, sendas “certificaciones” en las que comunicaba la realización, por los mismos mandos antes referidos, de servicios “supuestamente” desarrollados fuera de la jornada laboral, al objeto de que se le abonarán dichos servicios como horas extraordinarias, cuando la realidad es que estos servicios no los realizan de forma presencial en sus puestos de trabajo sino como “guardias” o como “coordinador de servicio de guardia” en sus domicilios y la normativa vigente recoge que  “la mera situación de disponibilidad, en la que el trabajador tan sólo está localizable y a disposición de la empresa, no implica por sí sola el desarrollo de ningún trabajo y por ende está claramente fuera de la jornada laboral y no puede en absoluto, ser calificada ni como tiempo de trabajo ni como horas extraordinarias” [STS 7 Ene. 2001 (R.º 132/2000). Confirmada por la STS 9 Dic. 2002 (R.º 2358/2002)]”.

Pues bien,continúa USPLA, a propuesta de la Delegada de Policía Local, los abonos de estos servicios han sido aprobados por Acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en reuniones  celebradas los días 11/01/11 y 22/02/11, suponiendo un desembolso de 3.754 Euros en horas extras.

Todo lo expuesto anteriormente ha sido comunicado por USPLA, tanto de forma verbal como por escrito, al Excmo. Ayuntamiento, recurriéndose los Acuerdos y solicitando la suspensión de los mismos así como el reintegro de las cantidades indebidamente abonadas, e incluso se ha solicitado por este Sindicato que el Secretario General, como fedatario de la legalidad vigente de la Corporación, efectúe los informes que correspondan y valore las posibles responsabilidades, tanto disciplinarias como penales, si las hubiere, que se deriven de estos hechos, sin perjuicio de la reserva de acciones que USPLA pudiera emprender en el caso de que no se actúe ante lo denunciado, no habiéndose recibido hasta ahora respuesta alguna.

FUENTE:  ALGECIRAS AL MINUTO


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